Los científicos llevan a cabo sus proyectos de investigaciones gracias a la financiación que reciben. Esta financiación puede ser pública (de nuestros impuestos) o privada, y en ambos casos se consigue gracias al interés que suscita la propuesta de proyecto, principalmente por su innovación tecnológica, porque supone una mejora del conocimiento y por su potencial aplicabilidad. Al final lo ideal es que la sociedad se beneficie de los resultados de la ciencia que se sustenta. Esta relación entre Ciencia, Tecnología y Sociedad se conoce como sistema CTS, y en mayor o menor medida está contemplado en los planes estratégicos de desarrollo de un país, comunidad autónoma, provincia, incluso de una empresa (los agentes financiadores). El sistema CTS no solo persigue un beneficio directo de los resultados en la sociedad (mejora de la calidad de vida) sino también indirecto (generación de empleo, mejora de infraestructuras, mejora de la competitividad, mejora de la productividad, mejora económica, etc). Dentro del sistema CTS está la I+D (investigación y desarrollo) que está más centrada en la investigación científica.
¿Cómo se regula este sistema CTS? ¿cómo se consigue cerrar el círculo ciencia-tecnología-sociedad? no hay una respuesta clara ya que depende de muchos factores, sobre todo del factor económico, de la voluntad política y de la cultura científica que tenga la sociedad. También existen excepciones, ciencia que no consigue cerrar ese círculo a priori (tener una repercusión social) y sin embargo es totalmente necesaria y merece financiación también. Me refiero a la ciencia básica, la que es fruto de la curiosidad, de la necesidad de profundizar en un tema desconocido. Quizá en ciencias de la salud o en ingeniería los descubrimientos siempre buscan ser aplicados pero por ejemplo en ciencias más teóricas como las matemáticas o la física, esto no es tan inmediato, suele ser necesario primero entender un fenómeno para posteriormente encontrar una aplicación. Entender qué ocurre cuando dos agujeros negros se fusionan quizá no mejore la calidad de vida de hoy en día pero el simple hecho de tener ese conocimiento puede ser muy valioso para entender el origen del universo, por ejemplo. Por otro lado está la I+D militar, muy aplicada y que también forma parte del sistema CTS pero su papel social es cuestionable si está centrada exclusivamente en el desarrollo armamentístico. La I+D militar también investiga en tecnología de vigilancia, en sistemas de comunicación, en sistemas de defensa, etc, y mucha innovación militar ha transcendido en la sociedad, por ejemplo Internet, los teléfonos móviles, etc.
La finalidad de una investigación debe definirse desde el principio y debe quedar claro su impacto social, el problema es no saber discriminar lo que es I+D de lo que no o hacer un mal uso de los conocimientos. Muy relacionado con este aspecto está la necesidad de proteger los conocimiento generados, a través de los derechos de propiedad intelectual o industrial (registrar la propiedad de una idea, obra, invento, diseño, etc) y para poder sacar una rentabilidad de los hallazgos, como forma de que los agentes financiadores recuperen la inversión inicial. Los conocimientos se pueden patentar para su explotación comercial de forma exclusiva por parte de la persona física que registra la patente. A veces la titularidad de la patente pertenece a una empresa o institución si la persona física que realiza el registro de la patente así lo determina, si por ejemplo es un empleado o ha realizado el hallazgo por encargo, por eso la inversión pueda retornar a los agentes financiadores. Aunque el titular sea una institución o empresa, el inventor o persona que ha hecho el hallazgo tendrá derecho a beneficiarse de la patente y a figurar como inventor. La duración de una patente no es ilimitada, suele ser de 20 años, tras los cuales la explotación comercial ya no es exclusiva y no es necesario pedir permiso al titular de la patente a no ser que se renueve por otros 20 años (previo pago).
En España, según la ley 11/1986, algo es patentable cuando cumple tres requisitos: es algo nuevo (incluido un uso nuevo de algo que ya existe), es fruto de la inventiva (no resulta obvio para un experto) y tiene una aplicación industrial o personal. Para patentar primero debe registrarse una solicitud de la patente, en España en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). La solicitud consiste en una memoria descriptiva del invento con el máximo detalle técnico. Las patentes tienen una validez territorial, solo son efectivas en el territorio donde se hace el registro, por ello es importante pensar si queremos patentar en España o en otro país cuyo mercado sea más potente o patentar en varios países (aumento de los costes). Según el país existen distintos tipos de patentes (patentes de diseño, patentes de utilidad, etc) y también varían las tasas de registro y mantenimiento de patentes. Es muy importante tener claro si nuestro invento puede ser protegido a través de una patente y si realmente tiene un potencial comercial que compense los costes de mantener la patente, a veces se patenta por vanidad y no por necesidad real. Al igual que las publicaciones científicas, tener muchas patentes da prestigio y ayuda a los científicos a conseguir financiación para sus proyectos.

Ja ja ja, muy divertida la patente del papel higiénico (no creo que sea de verdad, pero nunca se sabe). Extenso trabajo, y muy completo. Gracias.
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